El presidente Daniel Noboa oficializó el toque de queda en Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo 370, este martes 28 de abril de 2026. Esta medida regirá desde el domingo 3 hasta el lunes 18 de mayo en nueve provincias y cuatro cantones del país, como parte del estado de excepción vigente.

Provincias y cantones afectados
La restricción se aplicará en las siguientes provincias:

Guayas
Manabí
Santa Elena
Los Ríos
El Oro
Pichincha
Esmeraldas
Santo Domingo de los Tsáchilas
Sucumbíos

Además, incluye los cantones:

La Maná
Las Naves
Echeandía
La Troncal
Restricciones y suspensión de derechos
El decreto modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 353 y establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito entre las 23:00 y las 05:00 durante el periodo señalado. También se dispone la suspensión de la inviolabilidad de domicilio y correspondencia, dentro del marco del estado de excepción.

Allanamientos y control policial
La normativa permite a la fuerza pública realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios razonables sobre la presencia de grupos armados organizados, armas o explosivos. Estas acciones deben respetar los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, así como el debido proceso.

En cuanto a la intervención de correspondencia, el decreto señala que se podrá realizar identificación, análisis y recopilación de información pertinente, caso por caso, con informes motivados que justifiquen cada acción.

Excepciones a la medida
El toque de queda contempla excepciones para:

Servicios de salud públicos y privados.
Fuerza pública.
Entidades de seguridad.
Organismos de gestión de riesgos, emergencias y desastres.

Ejecución y coordinación institucional
El control del toque de queda estará a cargo de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y agentes de tránsito. Estos deberán aplicar la medida de forma racional y proporcional, considerando situaciones que justifiquen la movilización durante el horario restringido.

El Decreto Ejecutivo 370 encarga su ejecución al Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, Policía Nacional y Fuerzas Armadas, en coordinación con otras entidades competentes. Además, se dispone notificar a la ciudadanía sobre la restricción de movilidad.

Aviso a organismos internacionales
La notificación también se realizará a la Asamblea Nacional, Corte Constitucional del Ecuador, Organización de las Naciones Unidas y Organización de los Estados Americanos. En el contexto actual por la época lluviosa, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos coordinará acciones para garantizar la movilidad del personal y recursos destinados a atender la crisis.

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