El Consejo de Administración Legislativa (CAL) tomó una decisión sobre una posible sanción a la asambleísta del partido Acción Democrática Nacional (ADN), Valentina Centeno.
En esa ocasión, Centeno afirmó que la oposición en la Asamblea Nacional planeaba declarar loco al presidente de la República, Daniel Noboa. La legisladora Gissella Molina, afín al Partido Social Cristiano, presentó la denuncia contra Centeno, a quien acusa de hacer uso indebido de la Asamblea Nacional.
Según Molina, Centeno utilizó los símbolos de su investidura para realizar declaraciones falsas e infundadas que lesionaron el prestigio de la institución. La falta administrativa está contemplada en el numeral 3 del artículo 170 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
La denuncia solicitaba una sanción con suspensión sin remuneración de 9 a 30 días. El 18 de junio, durante la sesión 936 de la Asamblea Nacional, Centeno afirmó ante la prensa que el objetivo de una resolución era declarar la incapacidad mental del presidente Noboa y “declararlo loco”, algo que, según Molina, era completamente falso.
El CAL optó por no sancionar a la legisladora Valentina Centeno, aunque recibirá una amonestación por sus declaraciones del 18 de junio.
Contexto de las declaraciones
En la sesión 936, la Asamblea Nacional pretendía aprobar una resolución para condenar las declaraciones de Noboa, publicadas en The New Yorker, en contra de los mandatarios de Chile, Colombia, Argentina y El Salvador.
Centeno desvió la atención con sus declaraciones, lo cual, según Molina, generó pánico y confusión en la ciudadanía al insinuar un plan de desestabilización democrática. Molina señaló que las declaraciones de Centeno no tenían pruebas, constituyendo una grave afectación a la imagen de la Asamblea.
El CAL resolvió no proceder con el pedido de Molina, pero advirtió a Centeno para que en el futuro evite hacer afirmaciones que perjudiquen la imagen de la Asamblea. La amonestación busca evitar que se repitan situaciones similares y mantener el prestigio de la institución.