La propuesta del presidente Daniel Noboa, sobre reformar la Constitución de la República para la operación de bases militares extranjeras en Ecuador, está en manos de una comisión ocasional en la Asamblea Nacional.

Este domingo, 3 de noviembre de 2024, la delegación definida en el Pleno del Legislativo, eligió a las cabezas de la delegación.

Bases militares extranjeras y la Asamblea Nacional
La Comisión está integrada por Gissela Garzón, Sofía Sánchez, Mariana Yumbay, Arturo Ugsha, Rafael Dávila, Nathaly Murillo y Jorge Peñafiel.

 

Por medio de una sesión virtual, la comisión ocasional definió a los dos legisladores que, desde este 3 de octubre, presiden la delegación.

Se trata de Gissela Garzón y Rafael Dávila, quienes ejercerán como presidenta y vicepresidente, respectivamente.

Los legisladores tienen la tarea de analizar la reforma al artículo 5 de la Constitución de la República, relacionado con el tema de las bases militares extranjeras en Ecuador.

 

Eso tras la propuesta de Daniel Noboa y el visto bueno de la Corte Constitucional.

La legisladora Gissela Garzón informó que en la próxima sesión se avocará conocimiento del proyecto de reforma constitucional y se presentará el cronograma de actividades. El proyecto de reforma ingresó a la Asamblea Nacional, el 17 de octubre de 2024.

Normativa para reforma a la Constitución
La restricción para las operaciones de bases militares extranjeras en Ecuador se instauró durante el mandato de Rafael Correa.

El último rastro fue la Base de Manta, que cerró en 2009. Esta funcionaba a través de un acuerdo bilateral.

Las reformas a la Constitución tienen varias vías: consulta popular, reforma parcial o asamblea constituyente. Daniel Noboa se inclinó por la segunda.

Luego de la Asamblea, el proceso sigue con la convocatoria al referendo. Este mecanismo procede cuando el cambio al texto constitucional afecte el carácter o los elementos constitutivos del Estado.

 

La pregunta propuesta es: “¿Está usted de acuerdo con eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares en el territorio nacional, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?”.

 

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